Casi siempre que ocurre esto, el comunero de enfrente o de al lado, inicia «una guerra» con el vecino en cuestión con el argumento de que la utilización de una plaza de garaje no puede ser utilizada para aparcar dos vehículos ya que impide el aparcamiento de los coches de las plazas continuas.
Pues bien, ni lo uno ni lo otro.
Evidentemente y como siempre, es una cuestión general y habrá que estar en todo caso a los casos particulares y sobre todo al contenido de los Estatutos y a las propias normas urbanísticas vigentes que establezcan el número de vehículos a estacionar atendidas las dimensiones del local o de las concretas plazas, pero, al margen de esto, y repetimos, que de forma general,
SI SE PUEDEN ESTACIONAR DOS VEHÍCULOS EN UNA ÚNICA PLAZA DE APARCAMIENTO SIEMPRE Y CUANDO NO SALGA NINGUNO DE LOS DOS DEL LÍMITE DE LA MISMA NI PERJUDIQUE A LOS COLINDANTES.