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title: "Concurso con Vivienda Hipotecada: Estrategias y Consideraciones para una Resolución Exitosa"
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date: 2023-11-17
modified: 2026-06-29
author: "David García Montoliu"
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categories: ["Segunda oportunidad"]
tags: ["concurso con vivienda hipotecada"]
type: post
lang: es
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# Concurso con Vivienda Hipotecada: Estrategias y Consideraciones para una Resolución Exitosa

En este artículo, Concurso con Vivienda Hipotecada: Estrategias y Consideraciones para una Resolución Exitosa, 0s explicamos los escenarios que se pueden enfrentar una familia que necesita el perdón de las deudas y quieren mantener la propiedad de su vivienda o de sus inmuebles.

En anteriores artículos hemos tratado la cuestión de una perspectiva más técnica, [os dejo enlazado otro artículo sobre el tema pinchando AQUÍ.](https://garciamontoliu.com/segunda-oportunidad-sin-perder-la-vivienda-habitual-en-2023/)

Ahora os explicamos de forma breve y directa las situaciones que se pueden dar y la estrategia y consideraciones para una resolución exitosa de la situación.

## 1. Concurso con vivienda hipotecada.

 

Debemos de partir de que la hipoteca es indivisible por mandato del [artículo 1.860 del Código Civil:](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art1860)

> [Artículo 1860.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art1860)
> La prenda y la hipoteca son indivisibles, aunque la deuda se divida entre los causahabientes del deudor o del acreedor.

La indivisibilidad no permite vender y transmitir parte de la propiedad sin «cargar» con la totalidad de la hipoteca, por lo que en caso de titularidades compartidas se deben modificar los valores de que a continuación explicaré, reitero situaciones de cooitularidad/proindiviso, no en las hipotecas entre cónyuges casados en gananciales, que es el caso más usual.

Las situaciones que se puedan dar a partir del valor obtenido por tasación emitida por entidad homologada por el Banco de España:

1. **Vivienda con valor de mercado igual o menor que la hipoteca.**
2. **Vivienda con valor de mercado mayor que la hipoteca.**
3. **Vivienda en proindiviso.**

## **2. Concurso con vivienda con valor de mercado igual o menor que la hipoteca.**

 

En estos casos es recomendable el concurso sin masa, [os dejo el enlace donde explico el concurso sin masa pinchando AQUÍ. ](https://garciamontoliu.com/segunda-oportunidad-sin-masa/)

Tenemos la protección del artículo 37 bis que establece un trámite rápido y diferenciado cuando los bienes que se tengan sean de un valor inferior a las cargas que soportan:

> [Artículo 37 bis. Concurso sin masa.](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4859&tn=1&p=20230629)
> Se considera que existe concurso sin masa cuando concurran los supuestos siguientes por este orden:
> n
> Si estás valorando acogerte a la ley, consulta con nuestro [abogado especialista en Segunda Oportunidad](https://garciamontoliu.com/abogado-segunda-oportunidad/) para analizar tu caso sin compromiso.
> n
> d) Los gravámenes y las cargas existentes sobre los bienes y derechos del concursado lo sean por importe superior al valor de mercado de esos bienes y derechos.

Deberá acreditarse sin genero de dudas el valor y que dicho valor se ha obtenido conforme a la normativa concursal, y acreditar y tramitar el concurso cumpliendo el resto de requisitos que establece la legislación concursal.

 

## **3. Concurso con vivienda con valor de mercado a la hipoteca.**

 

[![vivienda hipotecada en el concurso](https://garciamontoliu.com/wp-content/uploads/2023/11/Foto-4-300x225.jpg)](https://garciamontoliu.com/wp-content/uploads/2023/11/Foto-4-scaled.jpg)Estos casos son los más complicados, dado que el Juzgado de lo Mercantil puede ordenar que se venda la vivienda, se pague la hipoteca y con el sobrante al resto de acreedores.

En una situación que se pueda seguir pagando la hipoteca pese a tener embargados las nóminas o cuentas, es de dudosa utilidad someterse a ese riesgo.

**En cambio, si el embargo de las nóminas familiares no permite el pago de la hipoteca, es mejor «jugársela» en un proceso concursal e intentar obtener el perdón de la deudas.**

 

## **4. Concurso con vivienda en proindiviso.**

 

Estos supuestos son los casos de viviendas entre parejas no casadas o viviendas adquiridas antes del matrimonio, etc.

Dos son los titulares pero únicamente solicita el concurso y el perdón de las deudas uno de ellos.

En estos casos partimos de que la hipoteca es indivisible por mandato del artículo 1.860 del Código Civil, tal y como hemos expuesto en el punto primero.

En consecuencia a la indivisibilidad habrá que enfrentar el valor de la mitad del inmueble con el valor de la hipoteca, y dependiendo de como resulte, actuar como indico en el punto 2 o 3 si el valor de la mitad es superior o inferior a la totalidad el hipoteca.

Estas situaciones son complicadas y no quería hacer un artículo muy técnico, por lo que únicamente apuntaré, que debemos actuar con mucho cautela, analizar el caso y valorar si es mejor solicitar la segunda oportunidad o sufrir los actos de apremio únicamente sobre la mitad del inmueble.

 

Esperando que la explicación os haya ayudado a valorar vuestra disposición, me despido poniéndome a vuestra disposición para cualquier consulta si queréis que me haga cargo de vuestra situación.

 

 

 

 

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**¿Tienes deudas y quieres saber si puedes cancelarlas?** Consulta nuestra [guía completa de la Ley de Segunda Oportunidad](https://garciamontoliu.com/guia-segunda-oportunidad/), infórmate sobre [cómo cancelar todas tus deudas](https://garciamontoliu.com/ley-segunda-oportunidad/) o contacta directamente con [David García Montoliu, abogado de Segunda Oportunidad en Madrid](https://garciamontoliu.com/abogado-segunda-oportunidad-madrid/). Estudio gratuito y sin compromiso.

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