Voy a intentar ser muy clara respecto a esta cuestión, y por si no se puede leer entre lineas, expresamente os muestro mi total enfado, impotencia o ira ante situaciones así.
Os cuento un caso real, con autorización expresa del cliente para difundir lo que pasó el otro día en el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 y de Familia de Albacete.
Pues bien, los antecedentes son los siguientes: pareja que tiene dos hijas, de 9 y 11 años. Durante la convivencia común se ocuparon ambos del cuidado de las menores por igual. Se separan hace 2 años. Durante estos dos años, si bien es cierto que las niñas convivían con la madre, ambos seguían un régimen de absoluta libertad para estar con ellas, durante el tiempo que quisieran, durmiendo en casa del padre y pasando temporadas con él. Y ello, entre otras cosas porque el padre tiene un horario laboral complicado en el sentido de que trabaja de 12:00 a 16:00 y de 19:00 a 00:00 horas, con día y medio de descanso a la semana, los domingos por la tarde y un día de lunes a miércoles, variando éste día según la faena del bar donde trabaja.
El padre, LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE, ayudaba económicamente a la madre con aproximadamente 300,00€ mensuales (entre todos los conceptos, dinero efectivo o gastos de las niñas que soportaba el exclusivamente) y ello porque la misma tiene un salario de 600,00€ como empleada de hogar (entre A y B), y él tiene un salario de aproximadamente 1.200,00€ como camarero. Así pues, éste se hacía cargo de los libros, ropa, medicamentos, dinero para la madre, etc.. vamos de las necesidades de sus hijas, y todo ello, repito, PORQUE SON SUS HIJAS, PORQUE LAS QUIERE, PORQUE QUIERE ESTAR CON ELLAS, PORQUE ES UN BUEN PADRE, PORQUE ES UNA PERSONA RESPONSABLE.
Pues bien, en junio, la madre intenta establecer legalmente la “pensión de alimentos voluntaria” en una obligación legal y subiéndola a 450,00€. Acude a una abogada, que le hace un convenio de medidas, donde fija, en resumen, una guarda y custodia para la madre, régimen ordinario de visitas (fines de semana alternos, un día intersemanal y vacaciones por mitad) y una pensión de alimentos de 450,00€.
Evidentemente el padre se niega a firmar dicho acuerdo, y ello fundamentalmente porque a parte de restringir sus derechos como padre, es inviable que con un salario de 1.2oo,00€ pueda abonar 450,00€, pagar los 450,00€ del alquiler de su vivienda, los gastos de la vivienda (luz, agua, gas) y cubrir sus propias necesidades.
Pues bien, la madre interpone demanda de medidas paternofiliales, con demanda de medidas provisionales a la demanda de medidas definitivas.
El abogado de oficio se limita a copiar el convenio ordinario, sin dar explicaciones de el por qué ese convenio, sin mencionar horarios laborales, sin acreditar salarios, SIN NADA.
Llegamos a la comparecencia, y puesto que el plazo para contestar a las medidas definitivas era anterior a la vista de medidas provisionales, se había presentado ya oposición. En dicha contestación, el padre solicitaba una GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA, con un régimen de estancias con cada progenitor igualitario, de la siguiente forma: las niñas estarían con el padre de domingo por la tarde hasta la entrada al colegio de las menores el miércoles por la mañana, y con la madre desde la salida del colegio del miércoles de las niñas y hasta el domingo por la tarde en que las recogería el padre.
Para afrontar los gastos de las menores, el padre propone que cada uno se haga cargo de las necesidades de habitación y manutención de las menores, y para los gastos ordinarios (ropa, libro, medicinas, gastos extraordinarios…) se abra una cuenta común en la que él, puesto que cobra más, aportaría 120,00€ y la madre 60,00€, y si falta mas por cualquier gasto imprevisto de las niñas, se abonaría en la misma proporción.
Pues bien, como decía, llegamos a la comparecencia, y antes de sentarme, me pregunta su señoría que si voy a mantener la petición de guarda y custodia compartida para las provisionales. Evidentemente digo que si, y automáticamente la respuesta que recibo, sin mediar conversación o negociación alguna es que NO.
Y ahora, que alguien me diga a mi, o al padre, POR QUÉ NO?? Por qué el Ministerio Fiscal dice que, aunque los progenitores vivan en la misma calle es un lío para las niñas??¿¿¿ PERO SI ES LO QUE HAN ESTADO HACIENDO DURANTE DOS AÑOS!!!
Pero es que, además, durante el tiempo en el que las partes intentábamos llegar a un acuerdo entre nosotras y con el Ministerio Fiscal, la madre expresó que a ella, mientras que el padre le pasara la pensión podía ver a sus hijas cuando quisiera mientras cumpliera con lo que pactaran…. Os juro que esa frase salió de su boca en sala, que la Jueza lo escuchó, que la Fiscal la escuchó, que el abogado contrario se descompuso, que yo me quedé con la boca abierta mirando a su señoría con cara de POR DIOS ES QUE NO VEN LO QUE SE ESTÁ PERSIGUIENDO AQUIIIII!!
Pues bien, ni sorpresa, ni boca abierta, ni dios que lo fundó.
Al final, y teniendo claro que la guarda y custodia se otorgaría a la madre, llegamos a un acuerdo con las visitas, en cuanto a que el padre estará con las niñas el domingo por la tarde, dormirán con el ese día y las devolverá a la entrada del colegio del lunes. Llevará a las niñas al colegio todos los días (cosa sin sentido porque el colegio también está en la misma calle donde viven ambos progenitores, vamos que ni 5 minutos con ellas) y dos tardes entre semana.
Respecto a la pensión, tanto el Ministerio Fiscal como nosotros pedíamos establecer 300,00€, y como la madre no bajaba de 350,00€, no tuvimos más remedio que celebrar la vista.
Todavía no sabemos a que conclusión a llegado su señoría, en cuanto tenga el Auto os lo comunico.
Únicamente quería dejar claro que
por desgracia, la guarda y custodia compartida depende del criterio discrecional del juez de turno
Que no hay nada que hacer, que puedes demostrar ser el mejor padre del mundo que va a dar igual, que ojalá en los próximos post os pueda decir que sí, que ya tenemos unos criterios y que las cosas siguen una lógica que no restringe los derechos de los progenitores, y que ya nos se persiguen pensiones de alimentos sino beneficios para los niños.
Solo espero que algún día, y mas nos vale a todos que sea pronto, las cosas cambien.
Que conste que estoy de acuerdo con la custodia compartida: mi hermana se está divorciando ahora mismo y se han acogido a ella. Tienen un padre completamente dedicado a ellas.
Mi caso es completamente diferente: tengo 3 hijos de 8, 6 y 4 años. Es una persona egoísta: Nunca ha estado en el pediatra, en una reunión del cole, en un cumpleaños, en ninguna excursión del colegio, no les ha comprado ni un solo regalo, no se acuerda de los cumpleaños familiares… por no seguir. ¡cómo piensa pedir la custodia compartida!!!! Me amenaza con ello, por lo que no me atrevo a presentar una demanda. Sólo de pensar en lo que se perderían mis hijos, prefiero aguantar.
Pero soy joven, y creo que por otro lado no es justo para mis hijos, pues podemos estar sin hablarnos un mes: duerme en el sofá desde que nació mi primer hijo, no me siento para nada querida: me he llegado a ir de vacaciones yo sola, cuando mi hija pequeña ni siquiera andaba, perdiendo la parte de su reserva.
Hola Ana,
Comparto totalmente lo que dices. Entiendo que la guarda y custodia compartida está diseñada única y exclusivamente para los casos en que los dos progenitores han estado al cuidado de sus hijos durante toda su vida, como es el caso real que os comentaba en este post. Sin embargo, hay casos, como el tuyo, y por lo que cuentas, que si el padre no ha estado a cargo de los cuidados que necesitan los niños desde el primer momento, una guarda y custodia compartida no es el régimen más adecuado para los pequeños.
En todo caso, como has visto, salvo que los dos progenitores estén de acuerdo en un régimen de guarda y custodia compartida, es bastante complicado todavía que se establezca como un régimen general.
Lo que sí está claro es que, bajo ningún concepto debes continuar una situación como la que relatas. No te pueden amenazar con pedir una guarda y custodia compartida, entre otras cosas, porque partiendo de esa base, creo que el padre no está preparado para ello.
Absolutamente estoy de acuerdo con que dicha situación no es justa ni para tus hijos ni por supuesto para ti.
no tengo ni idea de como va todo esto pero yo e estado con una mujer 9 años de pareja sin casarnos tenemos tres menores se acaba la relación por varios motivos entre ellos infidelidad por su parte ahora coje a mis hijos y se os lleva a Francia y yo Vivo en Madrid ahora que ago yo denuncio o voy y me os llevo ella no trabaja y yo tengo un sueldo de unos 1200 eur que es lo mejor en estos casos?
gracias
Hola soy la lita de mi nieta desde que nació su madre a sido padre y madre porqye el jamás sea encargado de su hija cuando mi hija se puso de parto estaba el jugando al panel. Ahora se separa lleva 2 años separados y respetando las visitas y los fines de semana pero encuentra otra mujer 8 años mayor que el y le ha puesto los ojos a mi nieta porque con 45 años quizás no tenga hijos y entonces piden la guarda y custodia compartida desde que se separaron le ha pasado 300 euros ppr mantenían colegio uniforme y material escolar mi hija es la mejor madre que hay en el mundo y lleva 2000 euros gastados porque quiere a su hija con todas las fuerzas de su corazón y no quiere que mi tesoro sufra se la ha llevado a la playa con la mujer porque ya sea casado y al 3 día llorando que quiere estar con su madre esa niña no la pueden compartir un año cada uno porque al final termina en un sicologo asín que las leyes nuevas van ha hacer con los hijos de divorciados cómo moneda de cambio por favor dejar a esos hijos que por desgracia le toca vivir un divorcio y ver a su padre con otra mujer que la dejen con su madre que sea feliz y no se traumatice gracias