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title: "Indemnización por datos erróneos en la CIRBE: cuánto se ha reconocido y con qué base"
description: "Cuánto han reconocido los tribunales por datos erróneos en la CIRBE, con qué criterios se calcula la indemnización y qué pruebas conviene reunir."
url: https://garciamontoliu.com/indemnizacion-cirbe-cuanto-se-reconoce/
date: 2026-10-20
modified: 2026-10-20
author: "David García Montoliu"
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# Indemnización por datos erróneos en la CIRBE: cuánto se ha reconocido y con qué base

¿Te han denegado una hipoteca o un préstamo porque el banco comunicó a la CIRBE una deuda que no debías, que ya habías pagado o que estabas discutiendo en un juzgado? Entonces te interesa saber cuánto se puede reclamar. La **indemnización por datos erróneos en la CIRBE** no es una cifra fija: depende de lo que ha durado la anotación, de quién la ha consultado, de lo que te ha costado y de cómo se ha comportado la entidad.

En esta guía reunimos las cuantías que han reconocido el Tribunal Supremo y otros tribunales, explicamos con qué criterios se calculan y te decimos qué pruebas conviene reunir para que tu reclamación no se quede en una cantidad simbólica.

**¿Cuánto se cobra de indemnización por datos erróneos en la CIRBE?** No hay baremo. El Tribunal Supremo ha fijado cantidades que van de unos 2.000 euros, cuando la anotación duró poco y apenas se consultó, a 25.000 euros cuando el banco comunicó como impagada una deuda que se estaba litigando, e incluso más de 49.000 euros a una empresa que acreditó perjuicios económicos. El daño moral se presume (art. 9.3 de la LO 1/1982) y la cuantía no puede ser simbólica.

## 📋 Ficha técnica: indemnización por datos erróneos en la CIRBE

| Concepto | Qué dice |
| --- | --- |
| Norma de la indemnización | Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, art. 9.3: el perjuicio se presume si se acredita la intromisión |
| Criterios de cálculo | Circunstancias del caso, gravedad de la lesión y difusión (art. 9.3 LO 1/1982) |
| Calidad del dato | Los datos deben ser exactos y estar actualizados (RGPD, art. 5.1.d); responsabilidad por daños (RGPD, art. 82) |
| Plazo para demandar | 4 años de caducidad desde que pudiste ejercitar la acción (art. 9.5 LO 1/1982) |
| Horquilla en el Tribunal Supremo | De 1.500–2.000 € (casos leves) a 25.000 € (CIRBE con deuda en litigio) y 49.414,14 € (empresa con perjuicio acreditado) |
| Nuestro último caso | 6.000 € frente a WiZink por una deuda de revolving ya anulada por usura (Tribunal de Instancia de Vigo, sentencia 141/2026, de 7 de mayo) |

## 💶 Cuánto han reconocido los tribunales

Estas son las cuantías más relevantes de los últimos años. Incluimos también sentencias sobre ficheros de morosos como ASNEF o Badexcug, porque el Tribunal Supremo aplica los mismos criterios y sirven como referencia de mínimos.

| Resolución | Fichero y caso | Indemnización |
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| STS 53/2025, de 13 de enero (ECLI:ES:TS:2025:109) | Empresa anotada en la CIRBE (2015-2017) y en Badexcug (2018) | 49.414,14 € (10.000 € por la CIRBE y 39.414,14 € por Badexcug); la instancia había dado 157.656,56 € |
| STS de 20 de abril de 2026 (caso WiZink) | Particular: deuda de revolving comunicada a la CIRBE mientras se litigaba su validez por usura | 25.000 € |
| Tribunal de Instancia de Vigo, sentencia 141/2026, de 7 de mayo (caso del despacho) | Particular: deuda de una tarjeta revolving ya declarada nula, que le impidió obtener una hipoteca | 6.000 € |
| STS 1314/2026, de 23 de julio (ECLI:ES:TS:2026:3502) | Fichero de solvencia: deuda discutida antes de la anotación | 2.000 € |
| STS 1835/2025, de 12 de diciembre | ASNEF sin requerimiento previo, pero con una deuda real e impagada | 1.500 € |

Como ves, la horquilla es amplia. Por eso conviene entender qué hace subir o bajar la cifra antes de decidir cuánto reclamar. El análisis completo de la doctrina del Supremo está en [nuestra pieza sobre la CIRBE en el Tribunal Supremo](https://garciamontoliu.com/inclusion-indebida-cirbe-tribunal-supremo/).

## ⚖️ Con qué base se calcula la indemnización

El punto de partida es el artículo 9.3 de la [Ley Orgánica 1/1982](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-11196): si se acredita la intromisión en el honor, el perjuicio se presume. Es decir, no tienes que probar que sufriste, sino que la anotación era indebida. A partir de ahí, el juez valora las circunstancias del caso, la gravedad de la lesión y la difusión.

En la práctica, los tribunales se fijan sobre todo en estos factores:

- **Duración de la anotación.** No es lo mismo un mes que tres años.
- **Quién la ha consultado.** Cuantas más entidades hayan visto el dato, mayor es el daño a tu reputación económica. En la STS 1314/2026, la escasa difusión fue clave para quedarse en 2.000 euros.
- **Consecuencias concretas.** Una hipoteca denegada, una operación frustrada o un préstamo más caro pesan mucho, siempre que se puedan acreditar.
- **Conducta de la entidad.** Comunicar como impagada una deuda que se está discutiendo en un juzgado, o que ya se ha anulado, agrava la intromisión. Así ocurrió en el caso WiZink de abril de 2026.
- **Tu propia conducta.** Si la deuda era real y no la discutiste, la cuantía baja, como en la STS 1835/2025.

**La indemnización no puede ser simbólica.** El Tribunal Supremo ha repetido que una cantidad meramente simbólica no repara el daño y, además, desanima a los afectados a reclamar. Aun así, también ha dicho que 1.500 o 2.000 euros no son simbólicos cuando el caso es leve. Por eso es tan importante aportar pruebas de la gravedad.

## 🏦 ¿Se paga menos por la CIRBE que por un fichero de morosos?

No necesariamente. Es cierto que, en la STS 53/2025, el Supremo tuvo en cuenta que la CIRBE tiene menos difusión que un fichero como Badexcug, porque solo la consultan las entidades declarantes y no cualquier empresa. Sin embargo, la CIRBE es precisamente lo que miran los bancos antes de conceder una hipoteca o un préstamo, así que su efecto sobre tu acceso al crédito es directo.

Además, la CIRBE es un fichero de declaración obligatoria, pero eso no permite al banco comunicar cualquier cosa. En el caso WiZink de abril de 2026, el Supremo dejó claro que la obligación de informar al Banco de España no autoriza a declarar como incumplida una deuda sometida a controversia judicial. Si quieres saber más sobre cómo afecta a tu financiación, lee [si la CIRBE te impide conseguir una hipoteca](https://garciamontoliu.com/cirbe-impide-hipoteca/).

**¿Te ha perjudicado un dato erróneo en la CIRBE?** Revisamos tu informe y te decimos si puedes reclamar indemnización y cuánto. Madrid [91 567 28 20](tel:+34915672820) · Barcelona [93 595 97 79](tel:+34935959779) · Albacete [967 24 10 08](tel:+34967241008) · [info@garciamontoliu.com](mailto:info@garciamontoliu.com)

## 🧾 Daño moral y daño económico: qué hay que probar

La indemnización por datos erróneos en la CIRBE puede tener dos partes. Por un lado, el **daño moral**, que se presume y se valora con los factores anteriores. Por otro, el **daño patrimonial**: lo que has perdido en dinero, por ejemplo, una señal de compra perdida o un préstamo más caro. Este segundo daño no se presume: hay que acreditarlo.

De hecho, en la STS 53/2025 el Supremo rebajó la indemnización de más de 157.000 euros a 49.414,14 euros porque la instancia había extendido a varios años un perjuicio que solo se había probado para uno. En consecuencia, cada euro de daño económico necesita su documento.

## 📂 Pruebas que conviene reunir

1. **Tu informe de la CIRBE**, que puedes pedir gratis al [Banco de España](https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/podemosayudarte/cirbe/). Pide varios a lo largo del tiempo para acreditar cuánto ha durado la anotación.
2. **Las denegaciones de financiación por escrito**, o al menos correos de la entidad o del intermediario que mencionen la CIRBE.
3. **La prueba de que el dato era erróneo**: justificante de pago, sentencia de nulidad, demanda presentada antes de la anotación o acuerdo con el banco.
4. **Tus reclamaciones previas** al banco y, en su caso, al Banco de España, con la respuesta recibida.
5. **Los perjuicios económicos**: arras perdidas, intereses más altos, operaciones que no salieron.

## 🛠️ Cómo reclamar la indemnización por datos erróneos en la CIRBE

Primero, pide al banco que rectifique o cancele el dato. Si no lo hace, puedes presentar una [reclamación ante el Banco de España por disconformidad con lo declarado a la CIRBE](https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/tramites/reclamacion-entidad-disconformidad-cirbe-p60.html). Te lo explicamos paso a paso en [cómo cancelar los datos en la CIRBE](https://garciamontoliu.com/como-cancelar-los-datos-en-cirbe-banco-de-espana/).

Sin embargo, el Banco de España no concede indemnizaciones. Para cobrar, hay que presentar una demanda de protección del derecho al honor en la jurisdicción civil, en la que también interviene el Ministerio Fiscal. En ella se pide que se declare la intromisión, que se cancele el dato y que se condene al banco a indemnizar.

**Ojo con el plazo.** La acción caduca a los cuatro años desde que pudo ejercitarse (art. 9.5 LO 1/1982). Cuándo empieza a contar en una anotación que se mantiene en el tiempo es una cuestión discutida, así que no conviene apurar: cuanto antes reclames, mejor.

## ✅ Un caso real: 6.000 euros frente a WiZink

Nuestro cliente fue a pedir una hipoteca después de firmar unas arras y descubrió que figuraba en la CIRBE por una deuda de una tarjeta revolving que un juzgado ya había anulado por usura. El Tribunal de Instancia de Vigo condenó a WiZink a pagarle 6.000 euros, a cancelar la anotación y a pagar las costas. Es el doble de lo que se suele conceder en casos parecidos. Lo contamos en [nuestra indemnización CIRBE de 6.000 euros](https://garciamontoliu.com/indemnizacion-cirbe-6000-euros-derecho-honor/).

En otro expediente conseguimos que se suprimiera una anotación indebida y una indemnización de 3.000 euros. Puedes leerlo en [publicación indebida en la CIRBE: 3.000 euros de indemnización](https://garciamontoliu.com/publicacion-indebida-cirbe-indemnizacion/).

**¿Apareces en la CIRBE por una deuda pagada, anulada o en litigio?** Llámanos y estudiamos tu caso sin compromiso. Madrid [91 567 28 20](tel:+34915672820) · Barcelona [93 595 97 79](tel:+34935959779) · Albacete [967 24 10 08](tel:+34967241008) · [info@garciamontoliu.com](mailto:info@garciamontoliu.com)

## 💬 Preguntas frecuentes sobre la indemnización por datos erróneos en la CIRBE

### ¿Cuánto se puede cobrar por estar indebidamente en la CIRBE?

No hay una cantidad fija. El Tribunal Supremo ha reconocido desde unos 2.000 euros en casos de poca duración y difusión hasta 25.000 euros cuando el banco comunicó como impagada una deuda que se estaba litigando. En nuestro último caso conseguimos 6.000 euros.

### ¿Tengo que probar el daño moral?

No. Según el artículo 9.3 de la Ley Orgánica 1/1982, el perjuicio se presume si se acredita la intromisión en el honor. Lo que sí conviene probar son las circunstancias que agravan el daño, como una hipoteca denegada o las consultas de otras entidades.

### ¿Puede el banco comunicar a la CIRBE una deuda que estoy discutiendo en un juzgado?

No como deuda incumplida. El Tribunal Supremo, en el caso WiZink de abril de 2026, consideró que hacerlo vulnera el derecho al honor, aunque la entidad esté obligada a informar de sus riesgos al Banco de España.

### ¿El Banco de España me puede dar la indemnización?

No. El Banco de España tramita reclamaciones para que se rectifique o cancele el dato, pero la indemnización solo se obtiene con una demanda de protección del derecho al honor ante los tribunales civiles.

### ¿Qué plazo tengo para reclamar?

La acción caduca a los cuatro años desde que pudo ejercitarse, según el artículo 9.5 de la Ley Orgánica 1/1982. Como el cómputo en anotaciones prolongadas es discutido, conviene reclamar cuanto antes.

### ¿Se cobra menos por la CIRBE que por ASNEF?

No necesariamente. La CIRBE tiene menos difusión que un fichero de morosos, pero es lo que consultan los bancos antes de conceder financiación, así que su efecto puede ser más grave. Lo decisivo son las circunstancias de cada caso.

### ¿Puedo reclamar también lo que perdí en dinero?

Sí, pero ese daño patrimonial no se presume: hay que acreditarlo con documentos, como unas arras perdidas o un préstamo más caro. El Supremo rechaza indemnizar perjuicios que no se han probado.

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