Hemos tenido recientemente constancia de una Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cáceres, respecto a una reclamación de cantidad interpuesta por el Banco Cetelem, y que traía causa de un préstamo a un cliente tramitado por una clínica de Vitaldent.
La historia es sencilla, un cliente en Vitaldent Plasencia (Plasencia Vital, S.L), firmó un presupuesto para que la citada clínica le hiciera empastes e implantes, y lo financió en la misma clínica. La financiación era realmente sencilla, se hacía con el Banco Cetelem, y este banco le pagaba a la clínica el tratamiento, y al cliente le cobraba mensualmente la cantidad pactada.
Este sistema de venta ya se practicó con las academias Wall Street Institute, y consiste en que se aparenta por parte de la clínica financiar, ya que se firma en la propia clínica la documentación y figura su nombre en casi todos los sitios, cuando realmente el que financia es un banco, que cobra al consumidor y pago al contado a la clínica.
Estos sistemas no deberían dar problemas, si el tratamiento es correcto, pero en la práctica este sistema es muy peligroso, ya que ante tratamientos incorrectos la clínica ya ha cobrado todo del banco y por tanto no podemos dejar de pagar ninguna cantidad, y será el banco quien nos reclamará, puesto que él ya ha pagado, y otro tanto, similar ocurre si como fue el caso de Palencia, Vitaldent suspendió el tratamiento.
En el caso de Plasencia, Banco Cetelem reclamaba el importe del préstamo, 5.259,79€ al cliente del tratamiento, y a éste únicamente le había realizado tres empastes por valor de 300,00€, que en evitación de problemas ya los había abonado.
El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Plasencia estimó la demanda, y condenó al consumidor a pagar el contrato de préstamo que había suscrito, y los cinco mil euros que había firmado, bajo el argumento de que el contrato del préstamo nada tiene que ver con la clínica, y que si no le había dado el servicio, que le reclamase a la clínica lo pagado al banco. Pasaba el problema al consumidor y allá él, que después de pagar reclamase lo pagado indebidamente a la clínica.
Afortunadamente, la Audiencia Provincial de Cáceres considera que esa no es la situación que se debe dar. Partimos de que el reclamado es un consumidor, que éste firmó el préstamo en la clínica para que le hicieran unos empastes y unos implantes, que en todo momento creyó que era Vitaldent quien estaba en la financiación. Cuestión distinta hubiera sido que el consumidor hubiera buscado un banco de confianza, le hubiera pedido un préstamo y hubiera pagado al contado el tratamiento, ya que en ese caso, sí que la entidad nada sabe ni tiene porque saber de los riesgos que conllevará la operación que se ha pagado con el dinero del préstamo.
Esta unión que realiza la Audiencia Provincial de Cáceres, la financiación y el tratamiento, es muy muy importante, ya que permite poder oponerse al Banco por las deficiencias del tratamiento, sin que pueda éste excusarse en que era un mero prestador de dinero que no sabía nada de la operación.
La Audiencia Provincial concluye que si el tratamiento no se dio al consumidor, éste no debe responder de la financiación que concertó Vitaldent con el Banco Cetelem, y que sería el banco y la clínica quienes deberían discutir la cantidad a devolver.
Recomendamos a todos los afectados de Vitaldent que consulten su caso, y que no se conformen pagando tratamientos incompletos o defectuosos, que planten cara, y que sea el banco el que deba enfrentarse a la clínica, y no un simple consumidor.