El reconocimiento de cualquier suma periódica en favor de la esposa – más allá de los alimentos de los hijos- tiene la naturaleza de pensión compensatoria y, por consiguiente permitirá el acceso, en su caso, a la pensión de viudedad
Se ha dictado ya el fallo contra el Recurso para la unificación de la doctrina 743/13 mediante el cual se modifican los criterios para la