📌 Exoneración de deudas por avales familiares: un concurso sin masa que devuelve la tranquilidad a la deudora

📌 Exoneración de deudas por avales familiares: un concurso sin masa que devuelve la tranquilidad a la deudora

Exoneración de deudas por avales familiares: un concurso sin masa que devuelve la tranquilidad a la deudora

Muchas personas arrastran deudas que no nacen de sus propios gastos, sino de haber firmado como avalistas
en préstamos de empresas o negocios de sus padres, hermanos o pareja. En este caso, nuestra clienta consiguió la
exoneración de deudas por avales familiares mediante un concurso sin masa y la aplicación de la
Ley de Segunda Oportunidad.

El resultado: se ha perdonado prácticamente todo el pasivo derivado de esos avales, permitiéndole conservar su sueldo
como trabajadora por cuenta ajena y recuperar la estabilidad económica y personal tras años de angustia.

De ayudar a la familia a quedar atrapada por los avales

Nuestra clienta, llamémosla Pilar, siempre ha tenido un perfil trabajador y discreto. Empezó como auxiliar geriátrica,
cuidando a personas mayores en residencias, y más tarde se formó como Técnico Superior en Gestión Administrativa
para mejorar su empleabilidad y las condiciones de su familia.

El origen de su sobreendeudamiento no está en un consumo descontrolado ni en caprichos, sino en algo muy habitual:
avaló con su patrimonio personal a empresas familiares dedicadas al sector de la construcción y del alquiler de
maquinaria, que terminaron fracasando económicamente tras la crisis inmobiliaria.

Años después, esas sociedades ya no existen en la práctica, pero las deudas y las reclamaciones contra la avalista sí.
Es ahí donde la exoneración de deudas por avales familiares cobra todo su sentido: permitir que quien solo quiso
ayudar a su familia no quede condenada de por vida.

Situación actual: sueldo ajustado y sin bienes que liquidar

Pilar está casada en régimen de separación de bienes, no ha tenido patrimonio común y lleva años viviendo de su
trabajo. En la actualidad presta servicios como auxiliar administrativa con contrato indefinido, con un sueldo que ronda
los 1.100 € mensuales.

Sus gastos fijos mensuales (alquiler o vivienda, suministros, alimentación, teléfono, ropa, etc.) absorben prácticamente
todo el ingreso. No existe inmueble en propiedad, ni vehículos de valor especial, ni ahorros significativos. Es decir:
no hay masa activa realizable con la que atender a los acreedores.

Este cuadro encaja de lleno en el concurso sin masa, la vía que ha permitido tramitar la
exoneración de deudas por avales familiares de forma más rápida y eficiente.

La exoneración de deudas por avales familiares en un concurso sin masa

El Juzgado de lo Mercantil declara primero el concurso voluntario sin masa, al constatar que la deudora carece de
bienes suficientes para cubrir siquiera los gastos del procedimiento. Transcurrido el plazo para que los acreedores
soliciten administrador concursal (art. 37 ter TRLC) y sin que nadie lo pida, se abre el plazo para solicitar la
exoneración definitiva del pasivo insatisfecho (arts. 501 y 502 TRLC).

En este caso, la solicitud de exoneración se formula y ningún acreedor se opone dentro del plazo legal.
El Juzgado analiza entonces si se cumplen los requisitos para considerar a la deudora como deudora de buena fe y
poder reconocer la exoneración de deudas por avales familiares.

Buena fe de la deudora: el filtro clave para obtener la segunda oportunidad

El Auto dedica un bloque específico a valorar si Pilar es o no deudora de buena fe conforme al art. 487 TRLC.
Entre otros extremos, el Juzgado comprueba que:

  • Es persona física sin actividad empresarial en la actualidad.
  • No ha sido condenada penalmente en los últimos diez años por delitos económicos, fiscales o contra los trabajadores.
  • No ha sido sancionada administrativamente por infracciones tributarias o de Seguridad Social muy graves.
  • El concurso no ha sido declarado culpable.
  • Ha cumplido sus deberes de información y colaboración con el Juzgado.
  • No se aprecia que aportara información falsa o engañosa ni conducta temeraria al endeudarse.
  • No ha obtenido exoneración en los últimos diez años.

Con todo ello, el Juzgado concluye que estamos ante una deudora de buena fe y, por tanto, con derecho a la
segunda oportunidad y a la exoneración de deudas por avales familiares que la mantenían atrapada desde hace años.

Qué deudas se exoneran y cuáles no: alcance real del perdón

La resolución aplica el art. 489 TRLC y deja claro que la exoneración alcanza a todo el pasivo insatisfecho,
salvo las llamadas deudas no exonerables, entre ellas:

  • Responsabilidades civiles por muerte o daños personales.
  • Responsabilidad civil derivada de delito.
  • Alimentos.
  • Determinados salarios impagados.
  • Ciertos créditos de Derecho público.
  • Multas penales y sanciones muy graves.
  • Costas y gastos del propio expediente.
  • Créditos con garantía real dentro del privilegio especial.

En la práctica, para Pilar, la exoneración de deudas por avales familiares elimina casi todo el pasivo reclamado por bancos y fondos.

liberarse de deudas por avales familiares

Efectos de la exoneración: fin del acoso y salida del túnel

  • Los acreedores no pueden iniciar ni continuar acciones contra ella por las deudas exoneradas.
  • Los créditos afectados quedan extinguidos.
  • Los acreedores deben comunicar la exoneración a ficheros de morosos.
  • Pilar puede usar el Auto para pedir personalmente la actualización de sus datos.

A nivel humano, esto significa que Pilar deja atrás años de presión, llamadas, cartas de recobro y embargos imposibles.
Recupera su tranquilidad y su proyecto de vida.

Valor humano del caso

No hablamos solo de artículos del TRLC. Hablamos de una mujer que trabajó toda su vida, que cuidó de mayores, que estudió para mejorar,
y que terminó atrapada por haber querido ayudar a su familia firmando avales que nunca imaginó que acabarían ejecutándose.

La exoneración de deudas por avales familiares existe precisamente para esto: para que personas de buena fe no queden arruinadas de por vida por decisiones tomadas por apoyo, no por lucro.

¿Te ahogan los avales que firmaste a tu familia? Podemos ayudarte

Si estás en una situación parecida a la de Pilar, es muy posible que puedas acogerte a una
exoneración de deudas por avales familiares a través de la Ley de Segunda Oportunidad.

  • Analizamos tus avales.
  • Comprobamos tu buena fe.
  • Valoramos si procede un concurso sin masa.
  • Te llevamos el procedimiento completo.

No somos un call center: trato directo con tu abogado

Si ya tienes abierto un procedimiento con una plataforma de esas que funcionan como un call center, podemos revisar tu caso,
explicarte si está bien planteado y asumirlo si lo deseas.

📞 91 567 28 20
📧 info@garciamontoliu.com

Cuéntanos tu caso y valoraremos si también puedes obtener la exoneración de deudas por avales familiares.

 

Imagen de David García Montoliu
David García Montoliu

Abogado experto en segunda oportunidad y fondos buitre

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