El Tribunal Supremo de España ha emitido un fallo crucial sobre las tarjetas de crédito revolving. En su sentencia número 155/2025 (casación 1584/2023), dictada el 30 de enero de 2025, la Sala de lo Civil aborda la falta de transparencia en estos contratos financieros. Este pronunciamiento refuerza la protección de los consumidores y marca un hito en la regulación de estos productos bancarios.
1. ¿Qué son las Tarjetas Revolving y por qué generan controversia?.
Las tarjetas revolving permiten a los usuarios realizar pagos aplazados con un sistema de crédito renovable. Sin embargo, se han convertido en objeto de múltiples litigios debido a:
- Altos intereses: En muchos casos, las TAE superan el 20%.
- Cuotas bajas y amortización lenta: Los pagos reducidos dificultan la cancelación del crédito.
- Efecto bola de nieve: Los intereses pueden generar más intereses en caso de impago, prolongando la deuda indefinidamente.
2. El Caso: Una Consumidora Frente a una Tarjeta Revolving.
El litigio surge a raíz de un contrato firmado en noviembre de 2014 entre una consumidora, «E», y la entidad Servicios Prescriptor y Medios de Pago EFC, SAU. La tarjeta tenía una TAE del 21,59% y fue contratada online tras la oferta de un comercial.
En 2020, «E» demandó a la entidad solicitando la nulidad del contrato por usura o, subsidiariamente, por falta de transparencia y abusividad en la cláusula de intereses. El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Alcorcón rechazó la usura, pero declaró nula la cláusula de intereses por falta de transparencia. La entidad recurrió y la Audiencia Provincial de Madrid revocó la decisión en 2022, considerando que la información contractual era clara. Sin embargo, «E» llevó el caso al Tribunal Supremo, argumentando que la entidad no cumplió con las normas de transparencia exigidas por la legislación española y europea.
3. ¿Qué Consideró el Tribunal Supremo?.
El alto tribunal analizó si la cláusula del 21,59% TAE y el modelo de amortización eran transparentes conforme a la Directiva 93/13/CEE y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLDCU). Se concluyó que la transparencia no solo implica claridad gramatical, sino que el consumidor debe comprender:
- El carácter indefinido del crédito.
- La recomposición del límite de crédito.
- El impacto de los altos intereses en la deuda.
- Los riesgos de anatocismo (intereses sobre intereses).
El Tribunal Supremo, apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), determinó que la información proporcionada a «E» fue insuficiente y no le permitió tomar una decisión informada antes de firmar el contrato.
4. Decisión del Supremo: Falta de Transparencia y Abusividad.
El fallo estableció que, aunque la TAE aparecía en la documentación, la entidad no acreditó haber informado de manera efectiva sobre los riesgos asociados a la tarjeta revolving. En particular:
- No se explicó cómo el pago de cuotas bajas prolonga indefinidamente la deuda.
- No se advirtió del efecto “deudor cautivo”, donde el cliente sigue pagando sin reducir significativamente el capital.
- Se detectaron prácticas comerciales que minimizaban los riesgos del producto.
El Tribunal Supremo estimó el recurso de casación, revocó la sentencia de la Audiencia Provincial y confirmó la de primera instancia: la cláusula de intereses es abusiva por falta de transparencia y la entidad debe devolver los intereses cobrados, limitando el contrato a la devolución del capital dispuesto.
5. Impacto de la Sentencia: Consumidores y Entidades Financieras.
Esta decisión tiene consecuencias importantes para el sector financiero y los consumidores:
- Mayor protección al consumidor: Se refuerza el derecho a recibir información clara y comprensible antes de contratar productos financieros complejos.
- Obligaciones reforzadas para bancos y entidades: Las instituciones financieras deberán adaptar sus prácticas comerciales y mejorar la transparencia de sus productos revolving.
- Revisión de contratos previos: Miles de consumidores podrían reclamar si consideran que sus contratos no cumplen con los requisitos de transparencia establecidos en esta sentencia.
Conclusión: Un Paso Más en la Protección del Consumidor.
El Tribunal Supremo ha consolidado un criterio clave en la regulación de las tarjetas revolving, protegiendo a los consumidores de cláusulas abusivas y estableciendo nuevas obligaciones para las entidades financieras. Esta sentencia podría abrir la puerta a más reclamaciones y marcar un antes y un después en la comercialización de estos productos en España.
¿Tienes una Tarjeta Revolving?.
Si crees que tu contrato no cumple con las condiciones de transparencia señaladas en esta sentencia, puedes consultar con un abogado especializado para analizar tu caso y reclamar lo que te corresponde.
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