El Tribunal Supremo ha dado respuesta (por fin) a la táctica utilizada por Bankia de devolver el dinero de los compradores de acciones de la entidad. Por sistema, Bankia presentaba un recurso en todos los procedimientos anulación de los contratos de OPV alegando la prejudicialidad penal. Lo que venía a pedir Bankia es que hasta que no se resolviera el procedimiento penal seguido frente a Rodrigo Rato, todos los procedimientos civiles de los compradores de acciones quedasen paralizados. Con buen criterio, tanto los Juzgados de Instancia, como las Audiencias Provinciales rechazaban dicha petición, pero aún así, con esa táctica, Bankia conseguía ganar unos meses y alargar en el tiempo todos los procedimientos.
el Tribunal Supremo ha confirmado que si hubo error en el consentimiento por parte de los adquirentes debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública.
Con esta Sentencia, los compradores de acciones de la entidad pueden ver garantizado su derecho a la devolución del dinero que depositaron en la entidad aunque tengan que, irremediablemente, acudir a la vía judicial para reclamarlo.
Una vez se haga pública la sentencia la colgaré en la web para que le echéis un vistazo, porque como dijimos al principio de este asunto .. ha merecido la pena luchar!