La AP de Navarra concede la exoneración y frena la “negligencia” como excusa para denegarla (Auto 24/2026)
✅ Si te han denegado la exoneración del pasivo insatisfecho por supuesta negligencia, este Auto es munición jurídica de la buena.
La Audiencia Provincial de Navarra revoca la denegación y recuerda que no vale con “sospechas”: hace falta una base probatoria seria para aplicar el art. 487.1.6º TRLC.
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📌 Qué pasó en este caso (y por qué importa)
El Juzgado Mercantil había denegado la exoneración porque entendía que la deudora actuó con negligencia al contraer el endeudamiento (art. 487.1.6º TRLC),
al haber cobrado prestaciones que luego fueron declaradas indebidas.
La Audiencia Provincial de Navarra (Sección 3ª) estima el recurso y dice, en esencia:
con prueba “escasa” no puedes construir una certeza de negligencia. Y ojo a esto: la conducta debe valorarse en el momento de contraer la deuda.
🧠 5 claves que te interesan si buscas la exoneración (EPÍ)
- No basta la sospecha: para negar la exoneración por temeridad/negligencia (art. 487.1.6º TRLC) hace falta soporte probatorio sólido, no intuiciones.
- Momento clave: la evaluación del comportamiento del deudor se mira cuando se contrae el endeudamiento (no con el “diario del lunes”).
- Gravedad: el razonamiento del Auto va en la línea de exigir algo más que una negligencia leve para cerrar la puerta a la exoneración.
- Crédito público: aunque concede la exoneración, aplica el límite del art. 489.1.5º TRLC (con los topes de AEAT/TGSS), y en este caso hace una exoneración parcial de la TGSS.
- Resultado práctico: se reconoce exoneración 10.000 € TGSS (máximo legal en el supuesto) y 209,25 € de Hacienda, quedando una parte de TGSS como no exonerable por exceder el límite aplicable.
📊 Qué te llevas (resumen en tabla)
| Punto | Qué dice la AP Navarra |
|---|---|
| Negligencia (487.1.6º TRLC) | Con prueba escasa no se puede afirmar “certeza” de negligencia; no vale construirla con suposiciones. |
| Buena fe | Se valora en el momento del endeudamiento y según circunstancias reales del caso. |
| Crédito público (489.1.5º TRLC) | Se aplica el límite legal: exoneración parcial en TGSS (hasta el máximo aplicable) + Hacienda si cuantía lo permite. |
| Mensaje útil | Si te lo han tumbado por “negligencia”, se puede pelear bien si no hay prueba fuerte. |
🚀 ¿Te han denegado la exoneración por “negligencia”?
Si tu resolución se apoya en frases tipo “parece”, “se deduce”, “probablemente”… sin pruebas, ojo.
Muchas denegaciones se están recurriendo con éxito cuando el juzgado estira el art. 487.1.6º TRLC.
👀 ¿A quién le sirve este Auto?
- A quien le han negado la exoneración del pasivo insatisfecho por supuesta negligencia.
- A quien tiene deudas con TGSS y le preocupa qué parte puede exonerarse.
- A quien necesita un argumento claro: sin prueba fuerte, no se puede cerrar la puerta.
📚 Para ampliar y aterrizarlo a tu caso, mira también:
Guía Segunda Oportunidad 2026
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Concurso sin masa y Segunda Oportunidad.
❓ Preguntas frecuentes
¿Qué es la exoneración del pasivo insatisfecho?
Es el mecanismo (Segunda Oportunidad) que puede cancelar deudas si cumples requisitos de buena fe y el marco del TRLC.
¿Me pueden negar la exoneración por “negligencia” sin pruebas claras?
Pueden intentarlo, pero este Auto refuerza que no basta con “presunciones”: el juez necesita base probatoria suficiente para aplicar el art. 487.1.6º TRLC.
¿Qué pasa con la deuda de la Seguridad Social (TGSS)?
La exoneración del crédito público tiene límites legales. En este Auto se concede exoneración parcial de TGSS (hasta el máximo aplicable) y el resto queda como no exonerable por excederlo.
¿Puedo recurrir si me han denegado la exoneración?
Depende del motivo real de denegación y de cómo esté motivada. Si se apoya en “negligencia” sin prueba fuerte, suele haber recorrido. Escríbeme y te lo digo con honestidad.
✅ Te lo reviso y te digo si merece la pena pelearlo
Si quieres la exoneración del pasivo insatisfecho y tienes lío con TGSS o con una denegación por negligencia,
no lo dejes en manos de un “copia-pega”. Aquí el detalle importa.
Referencia: Audiencia Provincial de Navarra, Sección 3ª, Auto 24/2026, 28/01/2026 (ECLI: ES:APNA:2026:130A).



