Para mantenerles informados de las novedades en materia fiscal, les resumimos los aspectos más destacados de la aprobación de la reforma tributaria del 17 de abril 2015 en materia de lucha contra el fraude fiscal.
Publicidad de datos tributarios
Deudores a la Hacienda Pública:
Información personalizada por motivos de interés público: lucha contra el fraude fiscal.
a) Listados de contribuyentes con deudas y sanciones pendientes de ingreso superiores a 1.000.000€, no ingresadas en el plazo de ingreso en voluntaria.
b) No se incluirán las deudas y sanciones tributarias que se encuentren aplazadas o suspendidas.
c) Se concederá un trámite de alegaciones a los interesados previo a la publicación, y el acuerdo final se podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa.
Otras medidas de lucha contra el fraude fiscal
Ampliación de las potestades de comprobación e investigación
a) Distinción entre los derechos a comprobar y a liquidar
b) Plazo de 10 años para la comprobación de bases, cuotas o deducciones pendientes.
a) Potenciación de las actuaciones de los órganos de gestión tributaria (Procedimiento de comprobación limitada)
b) Admisión del examen de los documentos contables aportados , motu propio, por el obligado tributario.
c) evocación del NIF también a las personas físicas.
Obligaciones tributarias formales: futuro plan SII de IVA
a) Llevanza por medios electrónicos de los libros registro.
b) Infracción por incumplimiento
Nuevos plazos del procedimiento de inspección
Se simplifica el cómputo del plazo
a) Se establece un periodo temporal más amplio: 18 meses con carácter general y 27 meses en supuestos de especial complejidad
b) Se contemplan limitadas causas de suspensión.
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Sobre el autor
David García Montoliu, abogado y administrador concursal (ICALBA n.º 2.079, ICAM n.º 91.374). Más de 60 concursos gestionados desde 2007.




