Después de pasar un lunes 25/05/15 de auténtica locura por el miedo difundido a través de medios de comunicación y redes sociales acerca del plazo para la interposición de la demanda frente a bankia, me veo en la necesidad de aclarar definitivamente cual es el plazo para interponer acciones por la ops de acciones de bankia:
- -En primer lugar, el tan famoso plazo de tres años (que efectivamente vencería el día 25/05/15) es un plazo de prescripción para ejercer la acción de responsabilidad por la información contenida en el folleto informativo de la emisión de las acciones de Bankia. Efectivamente el 24/05/12 se llevó a cabo la reformulación de las cuentas de Bankia por el nuevo Consejo de Administración de Bankia por el presidente D. Ignacio Goirigolzarri con unas pérdidas de 2.979 millones de euros.
- -En segundo lugar, la acción que estimamos que se debe interponer es la acción de anulabilidad por dolo (civil) o error en el consentimiento, en aplicación de los artículos 1265 y ss del Código Civil, y por tanto la CADUCIDAD DE LA ACCIÓN SERÍA DE CUATRO AÑOS. Por tanto hasta 2016 se puede interponer acciones frente a Bankia por la OPS.
- – En tercer lugar, la acción de anulabilidad anterior se interpone de forma subsidiaria a la ACCIÓN DE NULIDAD que no tiene plazo de caducidad.
POR TANTO NO HA VENCIDO NINGÚN PLAZO PARA RECLAMAR LOS DERECHOS QUE LES CORRESPONDEN A TODOS LOS QUE ACEPTARON LA OPS DE BANKIA.
En todo caso, os dejo la Sentencia de la Audiencia de la Audiencia Provincial de Albacete dictada esta semana mediante la cual se confirma que los contratos son nulos por dolo.