Preguntas frecuentes en el ámbito de la liquidación de gananciales: ¿Pueden incluirse en el inventario de gananciales los salarios percibidos por un cónyuge desde la separación de hecho hasta que se dicte sentencia de divorcio?

Atendemos una petición enviada a través de nuestro formulario, en la que, se nos pregunta si, en la liquidación de gananciales

se incluirán los salarios percibidos por el esposo desde que se separaron de hecho hasta que se dicte la sentencia de divorcio?

Si estás valorando acogerte a la ley, consulta con nuestro abogado especialista en Segunda Oportunidad para analizar tu caso sin compromiso.

A priori, nosotros entendemos que no se incluirán, y ello porque hasta la fecha en la que se produce la disolución de la sociedad de gananciales se considera que los salarios percibidos por los cónyuges, que son gananciales de acuerdo con el artículo 1347.1º del Código Civil, han sido consumidos en interés de la familia y no producen un derecho de crédito para la sociedad.

Ojo! Recordamos siempre que cada unidad familiar es un mundo, y que una respuesta general no es la verdad absoluta para todos los matrimonios. Siempre hay excepciones o casos singulares en los que hay que tener en cuenta todos los detalles familiares para dar una respuesta correcta y no meramente orientativa.

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Un supuesto especialmente debatido dentro de la liquidación de gananciales es el de la licencia de taxi, que analizamos en este artículo sobre si la licencia de taxi es un bien privativo o ganancial.

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DGM

Sobre el autor

David García Montoliu, abogado y administrador concursal (ICALBA n.º 2.079, ICAM n.º 91.374). Más de 60 concursos gestionados desde 2007.

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David García Montoliu

Abogado experto en segunda oportunidad y fondos buitre

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