¿QUÉ DEUDAS NO QUITA LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD?

QUE DEUDAS QUITA LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

CASO REAL:

Nuestro cliente nos pregunta: ¿qué deudas no quita la ley de la segunda oportunidad? ya que no tiene claro que quiere decir que se perdonan todas y cuales se incluyen y cuales no, ya que estás últimas las deberá seguir pagando si le tramitamos la segunda oportunidad.

 

1. ¿Qué deudas quita la ley de la segunda oportunidad?.

 

El legislador español en su reforma de la Ley Concursal del año 2022 optó  por utilizar un sistema que se llama «legislar en negativo», que quiere decir que lo permito todo salvo aquello que prohiba.

En concreto, reguló que con la segunda oportunidad SE PODRÍAN QUITAR TODAS LAS DEUDAS, y así redactó el artículo 489 de la Ley Concursal que dice:

Artículo 489. Extensión de la exoneración.

1. La exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de las deudas insatisfechas, salvo las siguientes:

En conclusion:

La ley de la segunda oportunidad quita casi todas las deuda.

deudas que quita la segunda oportunidad

2. ¿Qué deudas NO quita la ley de la segunda oportunidad?.

 

Tal y como hemos explicado la segunda oportunidad quita todas las deudas salvo las siguientes:

 

2.1. Deudas por alimentos.

 

Las deudas por pensiones alimenticias no se pueden perdonar, OJO, las deudas compensatorias o de otro tipo en el ámbito del derecho de familia si que  se perdonar.

Los alimentos para hijo no se pueden perdonar, el resto de pensiones si (compensatorias, etc.).

2.2 Deudas hipotecarias (deudas garantizadas por hipoteca sobre bien inmueble titularidad del solicitante).

 

Es decir, que no puedo ir al Juzgado y pedir que me perdonen la hipoteca, cuestión distinta es que me pueden perdonar las cuotas y todas las deudas que no se hayan pagado dentro de la ejecución hipotecaria, o si la hipoteca es sobre un bien inmueble titularidad de otra persona también me las podrán perdonar.

No podemos pedir que nos perdonen las hipotecas que estén al corriente de pago, pero los impagos que queden una vez el banco se quede con la vivienda si que me las perdonarán.

Como es un tema complejo podéis consultar un artículo donde abordo el tema de las deudas pendientes pinchando AQUÍ, como reducir la deuda hipotecaria pinchando AQUÍ.

 

2.3. Deudas con las administraciones superiores a 7.500€.

 

Las deudas con la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social nos perdonarán hasta un máximo de 7.500€, la norma perdona el 100% de los primeros 5.000€ de deuda, y de los siguientes 5.000€ el 50%, por lo que una deuda de 10.000€ te perdonarán 7.500€ y te harán pagar 2.500€, y a partir de los 10.000€ deberás pagarlo todo.

Las deudas con Ayuntamientos, Confederaciones Hidrográficas, etc., todavía se esta pendiente de fijar un criterio unánime, hay Juzgado que perdonan por cada administración como os he explicado, y hay Juzgado que no perdonan nada.

 

2.4. Deudas por delitos, accidentes de trabajo, multas muy graves, etc.

 

Las deudas que viene provocadas por las responsabilidad civil de delitos de todo tipo no puede ser perdonada, ni las que provengan de accidente de trabajo.

Igualmente si nos sancionan tributariamente de forma muy grave la consiguiente multa tampoco puede ser perdonada.

 

Esta forma de legislar en «negativo» es muy moderna pero arriesgada ya que la falta de precisión en las prohibiciones conlleva a que se perdonen deudas que no estaban previstas y entre ellas destacamos:

  • Deudas por arrendamiento financiero de coches.
  • Deudas de comunidad de propietarios.
  • Deudas por costas judiciales, abogados, procuradores, etc.
  • Deudas de tráfico que no sean muy graves.
  • Etc.

 

Esperando que os haya aclarado que se perdona todo salvo unas deudas determinadas, y entendiendo que hay muchos casos dudosos, me pongo a vuestra disposición para me plantéis vuestra dudas, o si queréis que me haga cargo de vuestra salida de la insolvencia, en el telefono 915672820 o el correo info@garciamontoliu.com .

 

 

 

 

Imagen de David García Montoliu
David García Montoliu

Abogado experto en segunda oportunidad y fondos buitre

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