Usura en préstamos personales: el Supremo aplica la regla de los 6 puntos de las revolving (STS 366/2026)

La STS 366/2026 anula por usura un préstamo personal al 16,61 % TAE frente a un tipo medio del 8,10 %. Cómo saber si tu préstamo es usurario y qué puedes recuperar.
Moneda de 2 euros: usura en préstamos personales, STS 366/2026

Derecho bancario · Usura · Actualidad jurisprudencial

La usura en préstamos personales ya no es una cuestión abierta. Durante casi una década, el Tribunal Supremo construyó su doctrina sobre la usura mirando a las tarjetas revolving: interés notablemente superior al normal del dinero, comparación con el tipo medio del Banco de España y una diferencia de referencia de seis puntos. Faltaba saber si esa regla servía también para el préstamo personal de toda la vida, el que se firma para reformar la cocina, comprar un coche o unificar deudas. La STS 366/2026, de 9 de marzo, responde que sí.

✅ Respuesta directa

Un préstamo personal es usurario cuando su TAE es notablemente superior al tipo medio que publica el Banco de España para esa misma clase de préstamo en el mes de la firma. En la STS 366/2026, el Supremo declaró nulo un préstamo personal al 16,61 % TAE frente a un tipo medio del 8,10 %: una diferencia de 8,51 puntos, por encima de los seis puntos que el Tribunal toma como referencia. Si el préstamo es usurario, el contrato es nulo y solo se devuelve el capital recibido.

📋 Ficha técnica de la sentencia

ÓrganoTribunal Supremo, Sala Primera (Civil)
ResoluciónSentencia 366/2026, de 9 de marzo
ECLIECLI:ES:TS:2026:1013
RecursoCasación n.º 6420/2022
PonenteRafael Sarazá Jimena
Entidad demandadaYounited, S.A.
ProductoPréstamo personal de 10.500 € a 48 meses, firmado en febrero de 2019 para unificar deudas
TAE pactada16,61 %
Tipo medio de referencia8,10 % (Banco de España, préstamos al consumo de 1 a 5 años, febrero de 2019)
Diferencia8,51 puntos porcentuales (la TAE duplica el tipo medio)
FalloEstima la casación, revoca la Audiencia Provincial y confirma la nulidad del préstamo por usurario

🏦 El caso: un préstamo de 10.500 euros para unificar deudas

Los hechos son de lo más corriente. En febrero de 2019, un consumidor firmó con Younited un préstamo personal de 10.500 euros, a devolver en 48 cuotas mensuales, para unificar créditos anteriores. La TAE quedó fijada en el 16,61 %.

El prestatario pidió la nulidad del contrato por usurario. El Juzgado de Primera Instancia le dio la razón. La Audiencia Provincial revocó la sentencia: consideró que el 16,61 % no se alejaba tanto del mercado y que la finalidad de unificar deudas podía justificar un precio más alto. El Supremo ha corregido a la Audiencia y ha restablecido la nulidad.

🧮 Cómo se sabe si un préstamo personal es usurario

La parte más útil de la sentencia es el método. Para decidir si hay usura en un préstamo personal, el Supremo consolida tres reglas:

  • Se compara la TAE, no el interés nominal. Solo la TAE incluye comisiones y gastos, y es la que permite una comparación homogénea.
  • Se compara con el tipo medio del Banco de España del mes de la firma. No vale el tipo de hoy ni una media de varios años.
  • Se usa la categoría estadística más específica posible. Si el préstamo es a entre uno y cinco años, se toma el tipo medio de los préstamos al consumo de uno a cinco años, no una media genérica de todo el crédito al consumo.

Con esos datos, el cálculo es sencillo: 16,61 % − 8,10 % = 8,51 puntos. El Supremo recuerda que, en las tarjetas revolving, una diferencia de más de seis puntos ya era un indicio muy sólido de interés notablemente superior al normal del dinero, y lo aplica aquí porque la desviación lo supera con holgura.

⚠️ Los seis puntos son una referencia, no una regla automática. En la STS 1378/2023, de 6 de octubre, el Supremo rechazó la usura en un préstamo que refinanciaba deudas ya impagadas: el mayor riesgo de impago justificaba un interés más alto. Por eso cada caso exige revisar las circunstancias en que se concedió el préstamo, no solo restar dos cifras.

🔄 Unificar deudas no justifica cualquier interés

La Audiencia había aceptado que la finalidad del préstamo justificaba el encarecimiento. El Supremo lo descarta: que el dinero se destinara a «unificar créditos» anteriores es insuficiente para justificar un interés que duplica el tipo medio del mercado.

La línea ya se veía en la STS 697/2024, de 20 de mayo, que confirmó la usura en cuatro préstamos personales de refinanciación con TAE de más del 19 % y del 22 %, frente a tipos medios de alrededor del 7 %. La diferencia, de más de doce puntos, no se podía justificar por la refinanciación ni por la falta de garantías. La STS 366/2026 da un paso más: aplica el mismo criterio con una diferencia bastante menor.

🙅 No hace falta demostrar que estabas en apuros

La Ley de Represión de la Usura de 1908 recoge dos supuestos distintos en su artículo 1. El primero exige un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado. El segundo exige, además, que el prestatario aceptara el préstamo por su situación angustiosa, su inexperiencia o lo limitado de sus facultades mentales.

Desde la STS 628/2015, de 25 de noviembre, y la STS 149/2020, de 4 de marzo, el Supremo mantiene que ambos supuestos son alternativos: basta con el primero. No hay que probar necesidad, angustia ni inexperiencia. El debate se centra en el contrato y en los números, no en la vida del cliente.

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💶 Qué recuperas si tu préstamo es usurario

El artículo 3 de la Ley de Usura tiene un efecto contundente. La nulidad no se limita a la cláusula de intereses: afecta a todo el contrato.

  • ✅ Solo estás obligado a devolver el capital que recibiste de verdad.
  • ✅ La entidad debe devolverte todo lo que hayas pagado por encima de ese capital: intereses, comisiones y gastos.
  • ✅ Si aún te queda deuda pendiente, solo debes la parte del capital que no hayas devuelto.

Ojo con los plazos. La acción de nulidad por usura no prescribe, pero la STS 350/2025, de 5 de marzo, sometió la devolución de lo pagado de más a un plazo de cinco años. En el despacho la consideramos una doctrina discutible y muy lesiva para el consumidor, pero hoy es la que aplican los tribunales, así que conviene no esperar. Para ver cómo se cuentan los plazos en general, tienes nuestra guía sobre cuándo prescribe una deuda bancaria.

❌ No dejes de pagar por tu cuenta. Mientras no haya sentencia, el préstamo sigue vigente y el impago puede llevarte a un fichero de morosos. Si ya has reclamado por usura y aun así te incluyen, el Supremo ha declarado que esa inclusión en ASNEF es indebida.

⚖️ Cuadro resumen: sentencias clave sobre usura en el crédito al consumo

SentenciaQué establece
STS 366/2026, de 9 de marzo
ECLI:ES:TS:2026:1013
Aplica a un préstamo personal ordinario la referencia de los seis puntos. Compara la TAE con el tipo medio de la categoría concreta. Unificar deudas no justifica el exceso.
STS 350/2025, de 5 de marzo
ECLI:ES:TS:2025:836
Distingue la acción de nulidad (imprescriptible) de la restitución de lo pagado de más, que somete a un plazo de cinco años.
STS 697/2024, de 20 de mayo
ECLI:ES:TS:2024:2536
Confirma la usura en préstamos personales de refinanciación con más de doce puntos de diferencia. La comparación atiende a la fecha y a la modalidad del préstamo.
STS 1378/2023, de 6 de octubre
ECLI:ES:TS:2023:4409
Rechaza la usura en un préstamo que refinanciaba deudas impagadas: el riesgo previo justificaba un interés mayor.
STS 258/2023, de 15 de febrero (Pleno)
ECLI:ES:TS:2023:442
En tarjetas revolving, fija la referencia de más de seis puntos sobre el tipo medio para considerar el interés notablemente superior.
STS 149/2020, de 4 de marzo (Pleno)
ECLI:ES:TS:2020:600
La comparación se hace con el tipo medio de la categoría específica del producto (revolving), no con el crédito al consumo en general.
STS 628/2015, de 25 de noviembre (Pleno)
ECLI:ES:TS:2015:4810
Sentencia fundacional: se compara la TAE y no hace falta probar situación angustiosa ni inexperiencia del prestatario.

🧭 Qué hacer si crees que tu préstamo personal es usurario

  1. Busca el contrato y localiza la TAE y la fecha de la firma. Si no lo tienes, puedes pedírselo a la entidad.
  2. Anota el plazo del préstamo (menos o más de cinco años), porque determina qué tipo medio del Banco de España se aplica.
  3. No dejes de pagar mientras se estudia el caso.
  4. Pide una revisión profesional: además de los números, hay que valorar las circunstancias de la concesión y los plazos de la reclamación.

Y si lo que ocurre es que ya no puedes con tus deudas, la reclamación por usura puede combinarse con otras salidas. La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar las deudas que no puedes pagar cuando se cumplen los requisitos.

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❓ Preguntas frecuentes sobre la usura en préstamos personales

¿A partir de qué interés es usurario un préstamo personal?

No hay un porcentaje fijo. Se compara la TAE del préstamo con el tipo medio del Banco de España para esa clase de préstamo en el mes de la firma. Si la diferencia supera los seis puntos, el Supremo la considera, como referencia, notablemente superior al normal del dinero, salvo que circunstancias especiales de la concesión la justifiquen.

¿Qué tipo medio del Banco de España hay que usar?

El de la categoría más específica: préstamos al consumo de uno a cinco años o de más de cinco años, según el plazo del contrato, y el correspondiente al mes en que se firmó.

¿Se compara la TAE o el interés nominal?

La TAE, porque es la única que incluye comisiones y gastos. Un préstamo con un interés nominal moderado puede tener una TAE muy alta por las comisiones.

¿Un préstamo para unificar deudas puede ser usurario?

Sí. En la STS 366/2026, el Supremo dijo que la finalidad de unificar créditos no justifica por sí sola un interés que duplica el tipo medio. Solo si se refinancian deudas ya impagadas, con un riesgo real mayor, puede justificarse un interés más alto (STS 1378/2023).

¿Tengo que demostrar que firmé por necesidad?

No. Basta con que el interés sea notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado. La situación angustiosa o la inexperiencia son un supuesto alternativo, no un requisito adicional.

¿Qué recupero si el préstamo se declara usurario?

Todo lo que hayas pagado por encima del capital recibido: intereses, comisiones y gastos. Tú solo debes devolver el capital.

¿Hay plazo para reclamar?

La nulidad por usura no prescribe, pero según la STS 350/2025 la devolución de lo pagado de más está sujeta a un plazo de cinco años. Por eso conviene revisar el contrato cuanto antes.

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Sobre el autor

David García Montoliu, abogado y administrador concursal (ICALBA n.º 2.079, ICAM n.º 91.374). Más de 60 concursos gestionados desde 2007.

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David García Montoliu

Abogado experto en segunda oportunidad y fondos buitre

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